ALGUNOS CONCEPTOS BASICOS XI
Prestaciones sociales
Se entiende por prestación social los beneficios adicionales, distintos a la remuneración directa del servicio prestado y a la reparación de perjuicios causados por el patrono (indemnizaciones), sufragados por el empleador orientados a cubrir riesgos o contingencias del trabajador originados en la relación laboral.
Estos beneficios pueden ser otorgados en dinero, servicios u otras modalidades.
Bajo esta conceptualización se consideran prestaciones sociales:
Prima semestral de servicios. Es la retribución, por parte del empleador, de los beneficios obtenidos como resultado de la labor ejercida por su empleado. Corresponde a un mes de salario por año trabajado y se paga semestralmente, en los meses de junio y diciembre.
Auxilio de Cesantías. Es el monto que el empleador otorga al empleado para efectos de cubrir la contingencia de la terminación del contrato de trabajo, es decir, cuando queda cesante. Corresponde a un mes de salario por año trabajado, o proporcional si el tiempo de trabajo es menor.
Intereses sobre las Cesantías. Es el valor pagado por el empleador con el fin de compensar al empleado por la pérdida del poder adquisitivo del monto del auxilio de cesantías desde su causación hasta el desembolso. Corresponde al doce por ciento (12%) anual sobre el saldo de las cesantías a 31 de diciembre.
Dotación. Es el suministro de calzado y vestido para desempeño de la labor que el empleador hace a su empleado. Los trabajadores que tienen derecho son aquellos que perciben hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y que a la fecha de la entrega hayan completado como mínimo 3 meses de vinculación. La entrega de la dotación se realiza cada cuatro (4) meses y debe adaptarse a las características del tipo de labor que desempeñe el empleado.
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