"Sin perjuicio de lo previsto para otros fines, para los efectos relacionados en los artículos 18 y 204 de la ley 100 de 1993, los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración".
PARAMETRIZACIÓN EN NOMINA
Asociar conceptos a grupos:
En la ruta: Administración Aplicación/ Liquidación de Nómina/ Conceptos/Grupos de Conceptos se despliega la opción donde se encuentran los grupos a los que se debe asociar los conceptos:
Grupo 368 - Pagos Laborales no Salariales: en este grupo se asocian los conceptos que no son Base Salarial, (Por ejemplo, una Bonificación de mera liberalidad).
Grupo 369 - Remuneración Seguridad Social: en este grupo se asocian los conceptos que se van a tener en cuenta como el Total de Remuneración, (Por ejemplo, Sueldos, comisiones y los conceptos que se manejan generalmente en los grupos 66 y 68) además, se pueden asociar los conceptos extralegales que la empresa considere.
En los grupos 368 y 369, se deben asociar los conceptos correspondientes para cada tipo de nómina.
2. ADMINISTRACIÓN DE VALORES HISTÓRICOS
En la ruta Administración Aplicación/Mantenimiento General/ Parameros Generales/ Tipos de Valores/Valores
Históricos X Tipo Valor:
Se parametriza dos tipos de valor históricos asociados a los porcentajes descritos en la ley:
TVF 3,61 Porcentaje Ingresos Para Tope No Salariales Base Salud: este Campo contiene el valor 40 que corresponde al 40% de ingresos de Tope.
TVF 5,101 Remuneración Seg.Soc: Este campo contiene las siguientes opciones:
• 0 - Nada (Default): No suma los valores de conceptos no son salariales a la base.
• 1 - Salario. Se válida el 40% contra el concepto fijo del empleado (Sueldo)
• 2 - G369: Se válida el 40% contra la sumatoria de conceptos del grupo 369. Se deja el valor por defecto 2, es decir, el sistema valida contra el grupo de conceptos 369
3. CÁLCULO 40%:
El cálculo del 40% del total de la remuneración se maneja de la siguiente manera:
- Para los procesos periódicos Nómina, Vacaciones, Liquidaciones Definitivas, entre otros, se utiliza el parámetro de Remuneración Seg.Soc (5, 101).
Para los procesos no periódicos Primas, procesos fuera de nómina y especiales, se proyecta el sueldo del empleado de la siguiente manera:
▪ Sí se ejecuta por ejemplo un proceso de prima y no se ha pagado la primera quincena, se proyectará el sueldo a los 30 días restantes de nómina.
▪ Sí el proceso se ejecuta cuando ya se haya pagado la primera quincena, se proyecta sobre lo restante.
▪ Si el proceso se liquida cuando ya se ha pagado la nómina de todo el mes no hay lugar a proyección, se calcula sobre lo realmente pagado.
4. EJEMPLO
Salario mensual =1800000
Pago no constitutivo de salario= 1238000 (Bonificación mera liberalidad)
Total remuneración del mes = 3038000
40% sobre la remuneración mensual= 1215200 (3038000 * 40%)
Diferencia entre el pago no salarial y el 40% de la remuneración mensual =22800 (1238000 pago no salarial – 1215200 40% de la remuneración del mes)
Base seguridad social= 1822800 (1800000 salario del mes + 22800 Diferencia entre el pago no salarial y el 40% de la remuneración del mes).
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